El abogado Francisco Bustos ha señalado que el secuestro de un niño implica más que simplemente privarlo de su libertad; se trata de un quiebre profundo en las redes de cuidado familiar. Esta afirmación cobra relevancia en el contexto reciente de la Corte de Apelaciones de Santiago, que revocó la decisión del juez Mario Carroza, encargándose de investigar el caso de Ernesto Lejderman Ávalos, un niño secuestrado en 1973 durante la dictadura militar. La Corte ha reabierto el caso tras más de cinco décadas de silencio, lo que ha generado un renovado debate sobre la forma en que se interpretan juridicamente los delitos de sustracción de menores en Chile.
El caso del niño Lejderman es emblemático, ya que su familia fue una de las primeras en ser reconocidas por la Comisión de Verdad y Reconciliación luego del asesinato de sus padres. El niño, en aquel entonces de solo 2 años, fue trasladado a un regimiento y entregado a monjas, sin seguimiento adecuado por las autoridades competentes. Según Bustos, este es un claro ejemplo de vulnerabilidad, y su intervención junto al embajador de México fue fundamental para evitar que el niño cayera en el régimen de adopción ilegal, rescatando así su vida y derechos.
Bustos subraya que la sustracción de menores no debe ser entendida únicamente como un acto de secuestro, sino como una violación a la estructura de protección familiar. La argumentación del abogado resalta que el bien jurídico protegido abarca la permanencia del niño dentro de un entorno familiar y seguro, lo cual se vio vulnerado tras el asesinato de sus padres. Este enfoque es crucial para demostrar que la separación del niño de su familia, a raíz de un acto de violencia estatal, es en sí misma una violación a su protección, independientemente de la percepción tradicional de privación de libertad.
Críticamente, Bustos también aborda la interpretación judicial que sostiene que la muerte de los padres de Ernesto significó la disolución de su esfera de cuidado. Para el abogado, esta visión ignora la causa del abandono, que se debe directamente a los crímenes cometidos por agentes del Estado. Según Bustos, si se demuestra que la sustracción de Ernesto está ligada al asesinato de sus progenitores, esto da pie para que los responsables enfrenten un juicio, considerando que dicha violencia institucional debe ser tenida en cuenta dentro del proceso.
El caso Lejderman no solo representa una búsqueda de justicia individual, sino que podría establecer un precedente que transforme la manera en que los tribunales chilenos abordan la sustracción de menores durante la dictadura. Reconocer que la violencia estatal fue la causa de la desprotección de estos niños es un paso importante hacia la reparación y la reivindicación de sus derechos. Bustos espera que el avance del juicio no solo permita evaluar las acciones de los involucrados, sino que también aporte a una mayor comprensión de la gravedad de estos crímenes, contribuyendo así a una memoria colectiva que no olvide el pasado.








