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Multas a Salmones Blumar: Corte Suprema Confirma Sanción

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En un fallo unánime, la Corte Suprema de Chile ha ratificado la sanción impuesta por el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca) a Salmones Blumar S.A. por la entrega de información falsa en relación con un tratamiento antiparasitario realizado en su centro Concheo 2, ubicado en la Región de Aysén. Este falló corrige la decisión anterior de la Corte de Coyhaique, que había anulado la multa, reafirmando la importancia de la veracidad en los reportes relativos a la salud de los salmones y las prácticas de acuicultura en el país. La corte determinó que la empresa había presentado un “Registro Diario de Faenas” que indicaba erróneamente que el tratamiento ya estaba en curso desde el 24 de noviembre de 2019, cuando, en realidad, las fiscalizaciones demostraron que los tratamientos se realizaron posteriormente.

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La decisión judicial se basa en la violación del artículo 113 de la Ley General de Pesca y Acuicultura y las normativas específicas relacionadas con la caligidosis, un parásito marino que afecta a los salmones. Según la normativa, para solicitar una extensión de la ventana de tratamiento, es necesario que el tratamiento antiparasitario esté efectivamente en curso, condición que Salmones Blumar intentó acreditar fraudulentamente. Este tipo de incumplimiento no solo es sancionado por las autoridades, sino que también pone en riesgo la salud de los ecosistemas marinos, dado el impacto potencial que los químicos empleados en estos tratamientos pueden provocar en el medio ambiente.

La multa en cuestión asciende a 500 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), lo que equivale a aproximadamente $34 millones, una cifra significativa que podría considerarse un precedente importante en la fiscalización de la industria salmonera. Medios especializados, como Diario Constitucional, destacan que la acción de Blumar ante la corte no solo vulneró la normativa sanitaria vigente, sino que también podría erosionar la licencia social de una industria que enfrenta críticas por el uso intensivo de químicos en entornos ecológicos delicados. Este caso subraya la necesidad de mantener altos estándares de transparencia y veracidad en la información reportada por las empresas del sector.

Desde una perspectiva de interés público, la sanción a Salmones Blumar sirve como aviso para el sector de la acuicultura, así como para las comunidades que han expresado sus preocupaciones durante años sobre el manejo de los recursos marinos. Organizaciones socioambientales y sindicatos de pescadores artesanales han señalado en repetidas ocasiones que sin una fiscalización rigurosa y sanciones efectivas, la industria salmonera continuará aprovechándose de las lagunas legales para operar al margen de las normativas existentes. El Estado, por lo tanto, enfrenta la responsabilidad de elevar los estándares de protección ecosistémica para asegurar que la explotación de recursos no comprometa la calidad ambiental ni la sostenibilidad de los territorios afectados.

Asimismo, este fallo de la Corte Suprema reitera la idea de que el sur de Chile no es una ‘zona de sacrificio’, como algunos sectores han denunciado. La protección del medio ambiente y la salud pública son aspectos esenciales que deben prevalecer sobre los intereses económicos de la industria. Con este tipo de resoluciones, se espera que se envíe un mensaje claro a las empresas del sector acuícola: el cumplimiento de las leyes y regulaciones no es negociable y la transparencia en los procesos de pesca y acuicultura es fundamental para el bienestar de las comunidades y el entorno natural.

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