Durante el mes de abril un importante proceso electoral se llevará a cabo, ya que los chilenos podrán elegir a los representantes de casa distrito que serán los encargados de desarrollar la Nueva Constitución. Para ello, antes habrá un periodo de campaña en donde los 1.192 postulantes tendrán la oportunidad de mostrarse en televisión y en otras instancias.
En abril de este año Chile vivirá un momento histórico. Sumada a la elección de alcaldes, conejales y gobernadores regionales, el 11 de ese mes la papeleta de votación contendrá los nombres de los candidatos constituyentes que este mismo año serán parte del proceso de elaboración de una Nueva Constitución para nuestro país.
El Servicio Electoral de Chile (Servel), ha anunciado que, para participar por uno de los 150 puestos disponibles para la convención constitucional, en el proceso de inscripción postularon 1.192 personas que cumplían los requisitos para hacerlo. De ese número, 182 pertenecen a alguno de los pueblos originarios. Para las otras candidaturas, hay 1.332 postulantes a alcalde, 12.687 a concejal y 58 a gobernador regional.
Si no estás al tanto de lo que se viene en cuanto al proceso de campaña electoral de los constituyentes, en Agenda Transparencia te contamos cómo será este proceso tan importante para la historia de nuestro país y que puede definir nuestro futuro desde el 11 de abril.
¿Cuándo inicia la campaña electoral?
El 10 de febrero comenzará la etapa de propaganda electoral masiva en medios de prensa, radios y otros medios online. También, se incluye el trabajo de activistas y otros divulgadores de la vía pública. Luego, el 12 de marzo, se podrán instalar propagandas en la vía pública tales como carteles, afiches y letreros tomando las precauciones sanitarias correspondientes.
El 8 de abril, días antes de la elección, ya no se podrá hacer ningún tipo de propaganda electoral pública. El 11 de abril, 3 días después, se llevarán a cabo las elecciones de constituyente y otras autoridades públicas.
Las reglas a aplicar en la propaganda electoral de constituyentes
Dentro de las cosas que se pueden hacer en cada una de las campañas constituyentes, está la propaganda insertada en la vía pública mediante afiches, carteles y letreros, en la fecha determinada por normativa. Además, se podrán utilizar los canales de comunicación masivos, para divulgar las ideas de cada candidato, también en la fecha correspondiente.
Sin embargo, una propaganda más libre es la que se puede hacer mediante las redes sociales, en donde no hay una fecha de inicio ni de término para poder implementarla. Lo mismo ocurre con la entrega de panfletos por activistas relacionados al candidato en la vía pública.
Hay ciertas cosas que están prohibidas en cuanto al contenido
En el mensaje que lleven las propagandas, no se podrán divulgar ideas o informaciones referentes a actos políticos de personas naturales, ni tampoco difundir actividades de autoridades en ejercicio aún de sus cargos públicos. Por otra parte, tampoco podrán divulgarse actividades propias de los partidos políticos, que no tienen nada que ver con el proceso constituyente.
¿De qué forma no se pueden realizar las campañas?
Ninguna campaña podrá hacerse en plataformas o lugares distintos no especificados en la normativa electoral. Por ejemplo. No podrán difundirse mensajes desde ningún tipo de aeronave, helicópteros o cualquier tipo de aparato volador, como lo son los drones también. En salas de cine u otros lugares en donde se exhiban materiales audiovisuales, no podrán proyectarse propagandas.
Además, ya se ha establecido un periodo de duración de las campañas electorales de los constituyentes en televisión, por lo que, cualquier emisión por parte de los canales fuera del horario establecido queda estrictamente prohibido. Por otra parte, no se podrá pegar ninguna propaganda en medios de transporte, paradas de micros, estaciones de metro, postes de luz o cualquier elemento de uso público disponible en la calle.
Si pueden hacerse propagandas en las cuentas personales de los candidatos
En las redes sociales, cualquier opinión es permitida, ya que existe un principio de libertad de expresión que se aplica y se respeta firmemente. Es por eso, que cualquier propaganda que decidan hacer los candidatos constituyentes en sus cuentas personales en Facebook, Instagram o cualquier red social, puede hacerse en cualquier momento del proceso electoral.